Jerga Carcelaria
Descubre el lenguaje que se utiliza en prisión.
AGENDAR: Poner fecha para la salida de permiso. Una vez concedido, el educador de cada módulo toma nota de las fechas y horas disponibles en las cuales el interno quiere salir y regresar de permiso, así como los datos del domicilio, teléfono y personas de contacto, datos que se pasan al departamento de régimen para introducirlos en el sistema.
AISLAMIENTO: Departamento de régimen especial, en módulo específico, con importantes limitaciones para el interno, tanto a nivel de paseos como de derechos y con especiales condiciones de seguridad, así como con medidas específicas de intervención a nivel de tratamiento. Se aloja a los internos en celdas individuales. Suelen ingresar en aislamiento las personas que han protagonizado peleas con otros internos, agresiones a funcionarios o que protagonizan incidentes que comprometen la seguridad de la cárcel, tratándose de la medida disciplinaria más intensa. Conocido en el argot penitenciario como “CHOPANO”.
ARCO: Detector de metales estático ubicado en distintas dependencias del centro penitenciario conforme a los criterios de seguridad interior y por el cual se hace pasar a los internos con el fin de detectar elementos metálicos u objetos prohibidos.
BIS A BIS: VIS a VIS. Comunicación personal y mediante contacto físico del interno con sus familiares o allegados que se realiza en unas dependencias habilitadas al efecto en el departamento de comunicaciones, generalmente una habitación, a puerta cerrada. Dependiendo de cada centro, la duración oscila entre 1 hora y media y tres horas. Puede ser de dos tipos: a) Familiar, al que acuden hasta 4 familiares o allegados del interno, b) Íntimo, al que acude la pareja legal o persona unida por análoga condición. Existe un tercer tipo: el de Convivencia, cuando se tienen hijos menores de 10 años, que suele tener una mayor duración, hasta 4 horas.
CACHEO: Registro de la persona, de la celda o de las pertenencias de los internos. Regulados en la Ley (art. 23) y en el Reglamento (art. 68), su frecuencia depende de los criterios de quienes dirigen la prisión y siempre debe quedar constancia por escrito. Son motivo de quejas frecuentes de los internos.
CANGURO: Autobús de la Guardia Civil para transporte de presos entre prisiones o entre la prisión y un Juzgado o Tribunal. El autobús está internamente dividido en celdas para dos personas que van cerradas mientras dura el transporte. Están dotados de aire acondicionado pero, en general, las condiciones del traslado suelen ser bastante penosas.
CELDA: Estancia donde pernocta el interno. Conocida en argot carcelario como “CHABOLO”.
CHABOLO: Celda donde pernocta el interno en prisión.
CHOPANO: Departamento de aislamiento, a donde son trasladados los internos “peligrosos” o que protagonizan incidentes graves.
COMUNICACIONES: Departamento de los centros penitenciarios en el cual, como su propio nombre indica, se realizan las comunicaciones de los internos, tanto con los letrados que les asisten como con los familiares y allegados que acudan a verlos al centro, tanto para las comunicaciones por locutorio como las presenciales (vis a vis).
CONDUCCIÓN: Salida de la prisión en furgón policial. Si es a otra prisión se llama “CUNDA” en argot carcelario y cuando es en autobús, a este se le denomina “CANGURO” (autobús de la guardia civil).
CUNDA: Traslado o conducción de una prisión a otra, habitualmente en “CANGURO” (autobús de la guardia civil).
DEMANDADERO: Servicio mensual/bimensual mediante el cual se oferta a los internos la adquisición de determinados productos que no se venden en el economato, generalmente relacionados con la higiene (parafarmacia) o textil. Se suele publicar una lista de los productos ofrecidos que el interno entrega al economatero, con la frecuencia que se establezca en cada prisión.
DESTINO: Trabajo no remunerado (limpieza, ordenanza, bibliotecario, reparto de comida, etc..) pero que aporta puntuación para la valoración tratamental.
DIRECTOR: Es el máximo responsable del centro penitenciario, tiene atribuciones específicas como órgano unipersonal y preside la mayor parte de los órganos colegiados (Consejo de Dirección, Junta de Tratamiento, Comisión Disciplinaria, Junta Económico-Administrativa).
ECONOMATERO: Interno que tiene a su cargo el funcionamiento de un economato. Es un puesto retribuido (aprox. 200 €/mes).
ECONOMATO: Habitáculo ubicado en el módulo, atendido por internos, con una ventanilla abierta hacia donde están los internos, dotado de productos básicos de alimentación, higiene, café y bebidas y con pago mediante el sistema de tarjeta de peculio.
EDUCADOR: Miembro del equipo técnico del módulo, es el que más relación tiene con los internos y suele ser el que se encarga de notificarle los acuerdos de la Junta y de asuntos de trámite.
EQUIPO TÉCNICO: Formado por profesionales (Psicólogo, Jurista, Trabajador Social y Educador), son los encargados de entrevistar y evaluar a los internos, así como de emitir los informes que, posteriormente, servirán para decidir el destino (centro o módulo) del mismo, así como, llegado el momento, informar a favor o en contra sobre permisos y evolución de grado. Ejecutan las decisiones de la JUNTA DE TRATAMIENTO.
EXPTE. DISCIPLINARIO: Que se incoa como consecuencia del “parte” y que, con carácter contradictorio se regula mediante un procedimiento regulado en el Título X RP (arts. 231-262).
FUNCIONARIO DE CABINA: Personal del cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, llevan el contacto diario con los internos y generalmente están en las garitas (“PECERAS”) en relación cotidiana con los internos. Son las personas a las cuales se dirigen los internos para cualquier trámite que necesiten o problema que les surja. Las peticiones suelen realizarse vía instancia, que se registra por el funcionario. Generalmente hacen turnos de 12 horas dos días seguidos (De 08:00 a 20:00) y al día siguiente por la noche (De 20:00 a 08:00).
GARITA: Es el lugar donde están los funcionarios del módulo donde el preso habita. Llamada “PECERA” en el argot penitenciario, a veces hay una en cada módulo o puede haber un espacio compartido para dos módulos.
HISTÓRICO ACTIVIDADES: Documento expedido por el centro comprensivo de las actividades (deportivas, educacionales, formativas, terapéuticas, ocupacionales, laborales…) del interno desde el inicio de su cumplimiento.
HOJA DE CÁLCULO: Documento expedido por el centro donde se recogen las condenas, el tiempo de cumplimiento y las fracciones en que se va cumpliendo (1/4, 1/2, 2/3, 3/4, 4/4).
HUELLAR: Tomar las huellas dactilares a un interno. Se hace al ingreso en la cárcel y en un aparato electrónico de lectura, cada vez que se sale y se entra de nuevo, aunque sea para unas horas.
INGRESO: Entrada en prisión.
INGRESOS: Departamento del centro a través del cual se producen las entradas y las salidas de los internos, bien sea mediante conducción por la fuerza pública como por su propio pie.
INSTANCIA: Documento autocopiativo por triplicado mediante el cual los internos se relacionan con la administración penitenciaria expresando peticiones, protestas, peticiones o comunicando cuanto consideren conveniente. Las facilitan los funcionarios de los módulos y se entregan, generalmente en un horario determinado, en la ventanilla de los módulos, devolviendo al interno uno de los ejemplares, que debe contener el número de registro del S.I.P. (Sistema Informático Penitenciario).
JEFE DE CENTRO: Controla y ordena los desplazamientos de los internos de unas dependencias a otras y custodia la documentación, libros y ficheros de la Jefatura de Servicios, entre otras tareas.
JEFE DE SERVICIOS: Encargado de la coordinación de los servicios de vigilancia bajo la supervisión de los mandos del centro, en contacto permanente con los funcionarios de los módulos. Es quién acude ante cualquier incidencia que surja y da cuenta al director.
JUNTA DE TRATAMIENTO: Órgano administrativo que toma las decisiones en relación con la vida en prisión de los internos, tanto para proponer permisos o evolución de grado (en base a los informes de los equipos técnicos, sobre todo) como a destino, adjudicación de puestos de trabajo y cualquier otra cuestión dentro de las competencias atribuidas por la LOGP y el RP. Está compuesta por el DIRECTOR, que la preside, SUBDIRECTORES (Régimen, Seguridad, Tratamiento, Médico, Personal, Administrador), Técnicos que participen en la elaboración de las propuestas y un Jefe de Servicios.
JURISTA: Miembro del equipo técnico, se encarga de verificar la recepción de los testimonios de condena y su correcta contabilización a efectos de cumplimiento, así como de proponer pagos de la responsabilidad civil impuesta.
JUZGADO DE VIGILANCIA: El JUZGADO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA es el órgano judicial encargado de hacer cumplir la pena, resolver los recursos que se presenten por los internos o la Fiscalía, salvaguardar los derechos de los presos y corregir los abusos y desviaciones que se puedan producir. Está a cargo de un Juez o Magistrado, habiendo al menos uno por provincia (en Madrid hay 6), además del JUZGADO CENTRAL (Audiencia Nacional). La mayor parte de sus decisiones se pueden recurrir ante un órganos judicial superior (Audiencia Provincial, Audiencia Nacional o Tribunal sentenciador).
LISTADO RECOMPENSAS: Documento expedido por el centro que expresa las recompensas obtenidas por el interno concedidas por la Comisión Disciplinaria.
LOCUTORIOS: Habitáculos diseñados para comunicaciones entre internos y familiares ubicado en el departamento de comunicaciones, allegados o abogados, que se ven a través de un cristal y se comunican oralmente a través de uno o varios huecos en dicho cristal o de un dispositivo electrónico (telefonillo).
LOTE MENSUAL: O “lote higiénico”, a cargo de la Institución, que se distribuye mensualmente/bimensualmente a los internos y que suele contener papel higiénico, gel de ducha, lejía, preservativos, maquinillas y crema de afeitar, cepillo y pasta dentífrica.
MEDICACIÓN: Reparto diario/semanal/mensual de medicación prescrita por los servicios médicos del centro penitenciario. Normalmente ser reparte desde la cabina de los funcionarios.
MÓDULO: Espacios para vivir en los cuales está dividido el centro penitenciario. Dotado de diversas estancias (comedor, salón, servicios, cuartos de limpieza, office, zona de teléfonos, zona de paseo o patio, instalaciones deportivas, biblioteca, peluquería, etc..), y las celdas, incluyendo una cabina de funcionarios que lo controlan. Es donde los internos son destinados por la Junta de Tratamiento y donde realizan prácticamente toda su vida, a excepción de las salidas a actividades fuera de él.
MÓDULO NORMAL: Son los módulos de cumplimiento habituales, en los que, al margen de la obligación de observar las normas penitenciarias de carácter general, no existen muchas más obligaciones. La higiene suele dejar mucho que desear y la violencia física aflora con cierta facilidad.
MÓDULO DE RESPETO: Módulo en el cual el tipo de vida es más “cívico” y ordenado, favorecedor de la convivencia, la responsabilidad y el autocontrol. Basado en un modelo de autogestión, los internos se agrupan en comisiones (presidencia, acogida, convivencia/conflictos, legal), grupos fijos de trabajo, se realizan asambleas (varias por semana) y, bajo la supervisión del equipo técnico, se estructuran los destinos del módulo (no remunerados) y la organización de funcionamiento de este. Requiere una mayor disciplina por parte de los internos y un compromiso expreso de acatamiento de las normas del módulo, siendo destinados a él quienes lo solicitan y tras el estudio de su perfil por parte del equipo técnico. Hay un sistema de puntuación (positivos/negativos) en función del desempeño y comportamiento, y la acumulación de varios negativos en un trimestre puede suponer la expulsión del módulo a uno de cumplimiento “normal”. Existe un gran compromiso con la higiene, tanto personal como colectiva. Las máximas se pueden resumir en “convivencia”, “higiene” y “respeto”, fomentando la acción grupal y el trabajo en equipo.
MÓDULO DE TRABAJO: Módulo en el cual la práctica totalidad de los internos tienen algún destino remunerado, bien sea en talleres productivos o en destinos del propio centro penitenciario.
OFFICE: Zona situada anexa al comedor del módulo, es a donde llega los alimentos (desayuno, comida y cena) para distribuir a los internos del módulo, atendido por otros internos encargados de la tarea de reparto. Se exigen condiciones higiénicas y de vestimenta determinadas y muy precisas, generalmente supervisadas por el funcionario de cabina a la hora del reparto.
PARTE DISCIPLINARIO: Comunicación iniciada por un funcionario como consecuencia de la apreciación de una falta de las contempladas en la LOGP y RP y que puede tener diversas consecuencias en función de la gravedad de la falta cometida.
PECERA: O garita. Es el lugar donde están los funcionarios del módulo donde el preso habita; a veces hay una en cada módulo o puede haber un espacio compartido para dos módulos.
PECULIO: Saldo a favor del interno que el C.P. administra. Cada semana se pasan a la “tarjeta de peculio” (única forma de pago permitida por el Reglamento) 100 € que se descuentan de ese saldo. Al finalizar la semana, el saldo sobrante se abona de nuevo en la “cuenta de peculio” de cada interno. Las entradas en la cuenta de peculio son, o bien el dinero que traiga el interno a su ingreso en prisión, por transferencias que le realicen las personas autorizadas para hacerlo (familiares autorizados para visitas o letrados defensores) o ingresos en efectivo en el centro por esas mismas personas (no todas las cárceles admiten los ingresos en efectivo).
PERMISO: Período contemplado en la Ley y el Reglamento, al que tienen derecho los internos que hayan superado determinados requisitos, tras la solicitud del mismo y un estudio por parte de la Junta de Tratamiento. Para los internos clasificados en 2º grado (régimen ordinario o común) son hasta 36 días al año, generalmente distribuidos en 12 días cada 4 meses, en salidas de 3, 4 o 6 días.
POLIDEPORTIVO: Instalaciones deportivas del centro penitenciario. Generalmente compuestas de una pista cubierta con una pista multiusos para balonmano/fútbol-sala, voleibol o basket, así como de un gimnasio y, a veces, pistas de squash o raquet-ball. En algunos centros hay piscina de verano.
PSICÓLOGO: Miembro del equipo técnico, evalúa la actitud de los internos en relación con el delito cometido, si hay arrepentimiento y asunción de la responsabilidad delictiva.
P.I.T.: Programa Individualizado de Tratamiento. Elemento nuclear de la actividad tratamental del interno, lo diseña la Junta de Tratamiento tras las tareas de observación, clasificación inicial o posteriores y tratamiento. Se lo comunica el equipo técnico de cada módulo al interno y constituye la “guía tratamental” en la cual se incluyen cursos, actividades, recomendaciones. ES ESENCIAL QUE EL INTERNO LA CUMPLA.
P.I.T.-VALORACIÓN: Evaluación, generalmente trimestral, que se realiza en relación con el cumplimiento del P.I.T. y que comprende parámetros como la asistencia, el rendimiento y el esfuerzo, así como una puntuación, que suele valorar el equipo técnico de cada módulo.
QUEBRANTAR: Expresión referida a no regresar de un permiso penitenciario o cometer un delito mientras se disfruta de él.
RAQUETA: Detector de metales portátil manejado por los funcionarios del centro penitenciario conforme a los criterios de seguridad interior y que se pasa alrededor del cuerpo de los internos con el fin de detectar elementos metálicos u objetos prohibidos.
RECUENTO: Es el acto de contar a los internos. El recuento ordinario se hace normalmente 3 veces al día: Por la mañana antes de salir de las celdas (07:30/08:00), al mediodía cuando se sube (14:00/14:15) y por la noche tras el cierre (08:00/09:00). Pueden hacerse de forma extraordinaria durante el día.
RÉGIMEN: Subdirección encargada de las cuestiones relativas a la ejecución de la pena y la situación administrativa de los internos.
REGISTRO: De la PERSONA, de sus PERTENENCIAS o de la ESTANCIA donde se encuentra.
SEGURIDAD: Subdirección del centro encargada de todo lo relativo a la seguridad interior.
SERVICIOS MÉDICOS: Dirigidos por un subdirector médico, tiene a su cargo cuanto tenga que ver con la salud de los internos y la organización de consultas, urgencias, traslados a hospitales, etc.
SOCIOCULTURAL: Instalaciones para actividades culturales, religiosas y educativas del centro penitenciario, generalmente integran aulas de estudios y formación, así como el salón de actos, donde se suele celebrar misa los domingos.
SUBDIRECTOR: Responsables de cada una de las áreas (Seguridad, Tratamiento, Régimen, Servicios Médicos, Administración, Personal).
TALEGO: Cárcel, prisión, centro penitenciario, trena.
TARJETA DE PECULIO: Tarjeta de plástico, como una tarjeta de crédito, individualizada para cada interno y con una banda magnética y un código de barras que se leen al realizar las compras en el economato. Esa tarjeta se carga cada semana con un saldo de hasta 100 € (que salen de la cuenta de peculio del interno) que el interno va gastando con sus compras en el economato. Si al final de la semana le sobra saldo, el sobrante entra de nuevo en la “cuenta de peculio”.
TORRE: Suele haber una en cada centro penitenciario como instrumento de vigilancia y control de los módulos y del centro en general.
TRABAJADOR SOCIAL: Miembro del equipo técnico, es la persona que se encarga de verificar las relaciones familiares de los internos y su red de apoyo familiar y/o social, con especial importancia de cara a permisos o progresión de grado.
TRASLADO: Cambio de prisión. Administrativamente, conducción a otra prisión. Llamado “cunda” en el argot carcelario.
TRATAMIENTO: Subdirección del centro a cuyo cargo están todos los asuntos relacionados con las actividades tratamentales de los internos (PIT, cursos, programas, etc.).
TRENA: Talego, prisión, cárcel, centro penitenciario.
VIS A VIS: Comunicación personal y mediante contacto físico del interno con sus familiares o allegados que se realiza en unas dependencias habilitadas al efecto en el departamento de comunicaciones, generalmente una habitación, a puerta cerrada. Dependiendo de cada centro, la duración oscila entre 1 hora y media y tres horas. Puede ser de dos tipos: a) Familiar, al que acuden hasta 4 familiares o allegados del interno, b) Íntimo, al que acude la pareja legal o persona unida por análoga condición. Existe un tercer tipo: el de Convivencia, cuando se tienen hijos menores de 10 años, que suele tener una mayor duración, hasta 4 horas.
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